Reclama tu paquete perdido o dañado en España

Si has comprado algo online y tu paquete nunca llegó o lo recibiste en mal estado, tienes derecho a una solución. La ley española protege tus compras, asegurando que recibas lo que pagaste en perfectas condiciones. No te conformes con una entrega defectuosa, reclama lo que es tuyo.

Reviewed by Corey Musa, Founder·Last reviewed June 2026·LinkedIn

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Your rights

En España, la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (Real Decreto Legislativo 1/2007) establece que el vendedor es responsable de la entrega de los bienes que has comprado. Según el Artículo 66 ter, el riesgo de pérdida o deterioro de un producto se transmite al consumidor solo cuando este o un tercero por él indicado (distinto del transportista) adquiere su posesión material. Esto significa que si el paquete se pierde o daña antes de llegar a tus manos, la responsabilidad recae en el vendedor. Tienes derecho a solicitar una nueva entrega del producto sin coste adicional o la resolución del contrato con el reembolso completo de tu dinero, incluyendo los gastos de envío.

Step by step

  1. 1Contacta al vendedor inmediatamente: Notifica al vendedor por escrito (email, formulario de contacto) sobre el problema, adjuntando pruebas si el paquete está dañado (fotos del embalaje y del producto). Indica si deseas un reenvío o un reembolso.
  2. 2Recopila pruebas: Guarda toda la comunicación con el vendedor y la empresa de transporte. Si el paquete llegó dañado, haz fotos o vídeos antes de abrirlo y del contenido. Si está perdido, guarda el número de seguimiento y la confirmación de envío.
  3. 3Presenta una reclamación formal: Si el vendedor no responde o no ofrece una solución satisfactoria, presenta una reclamación formal. Puedes usar las hojas de reclamaciones disponibles en establecimientos físicos o enviar un burofax.
  4. 4Escala a organismos de consumo: Si la reclamación con el vendedor no se resuelve, puedes acudir a la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) de tu localidad o a la Dirección General de Consumo de tu Comunidad Autónoma. También puedes recurrir a la plataforma de resolución de litigios en línea de la Comisión Europea si la compra fue a un vendedor de la UE.

What they'll say, and your comeback

El transportista es el responsable, no nosotros.

Comeback, Según el Artículo 66 ter de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, el riesgo de pérdida o deterioro se transmite al consumidor solo en el momento de la entrega física. Como vendedor, usted es responsable hasta que el paquete esté en mis manos. Es su responsabilidad gestionar la incidencia con la empresa de transporte.

Debe reclamar usted directamente a la empresa de transporte.

Comeback, He contratado el producto con usted, no con la empresa de transporte. Mi contrato es con usted como vendedor. Por favor, proceda a enviarme un nuevo producto o a realizar el reembolso, y gestione usted la reclamación con la compañía de transporte.

No podemos hacer nada sin el informe de daños del transportista.

Comeback, He documentado el daño con fotografías y le he notificado en cuanto lo recibí. Es su responsabilidad como vendedor solicitar el informe al transportista o proceder con la solución que me corresponde por ley, ya sea un reenvío o un reembolso.

FAQ

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar un paquete perdido o dañado?

Debes notificar al vendedor lo antes posible. Para daños visibles, lo ideal es hacerlo en las primeras 24-48 horas tras la recepción. Para paquetes perdidos, en cuanto se supere el plazo de entrega estimado. La Ley de Consumidores no establece un plazo específico para la notificación de daños, pero la rapidez es clave para demostrar que el daño no fue causado por ti.

¿Qué pasa si el vendedor no responde a mi reclamación?

Si el vendedor ignora tu reclamación o no ofrece una solución satisfactoria, puedes escalar el caso. Primero, presenta una reclamación formal a través de una hoja de reclamaciones o burofax. Si aún así no hay respuesta, acude a la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) o a la Dirección General de Consumo de tu Comunidad Autónoma, quienes pueden mediar o iniciar un procedimiento sancionador.

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